01 Apr Ayudas a la rehabilitación de edificios en Castilla y León, incluyendo EERR y medidas de eficiencia energética
Programa de Ayudas destinadas a la Rehabilitación Edificatoria para el año 2016, Junta de Castilla y León, Consejería de Fomento y de Medio Ambiente:
Beneficiarios:
1.Las comunidades de propietarios
2.Las agrupaciones de comunidades de propietarios
3.Los propietarios únicos de edificios de viviendas
4.Las Administraciones Públicas, los organismos y demás entidades de derecho público, las empresas públicas y sociedades mercantiles participadas íntegra o mayoritariamente por las Administraciones propietarias de los inmuebles
En este último caso, los edificios se destinarán íntegramente al alquiler, durante, al menos 10 años.
Plazo: 30 de marzo de 2016 hasta el 29 de abril de 2016
Requisitos Edificios:
a) Estar finalizados antes de 1981.
b) Que, al menos el 70% de su superficie construida sobre rasante tenga uso residencial de vivienda.
c) Que, al menos el 70% de las viviendas constituyan el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
d) Que el edificio cuente, como mínimo con 8 viviendas cuando vayan a acometerse obras de Calidad y Sostenibilidad y/o Accesibilidad o sólo obras de conservación.
Excepcionalmente, se admitirán edificios que, sin cumplir las condiciones anteriores:
a) Presenten graves daños estructurales o de otro tipo, que justifiquen su inclusión en este programa.
b) Tengan íntegramente como destino el alquiler, durante, al menos 10 años a contar desde la recepción de la ayuda en las condiciones previstas en la convocatoria.
c) Cuente, con menos de 8 viviendas cuando en el inmueble:
1) Vayan a acometerse simultáneamente obras de Conservación con Calidad y sostenibilidad y/o Accesibilidad.
2) Habiten personas con discapacidad o mayores de 65 años.
Actuaciones Subvencionables utilización EERR:
1.Instalación de equipos de generación o que permitan la utilización de energías renovables como la energía solar, biomasa o geotermia que reduzcan el consumo de energía convencional térmica o eléctrica del edificio. Incluirá la instalación de cualquier tecnología, sistema, o equipo de energía renovable, como paneles solares térmicos, a fin de contribuir a la producción de agua caliente sanitaria demandada por las viviendas, o la producción de agua caliente para las instalaciones de climatización.
Cuantía de la subvención:
La cuantía máxima de las ayudas se determinará en función del coste subvencionable de la actuación correspondiente al edificio o edificios, que comprenderá el coste total de las actuaciones subvencionables.
La cuantía máxima no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación.
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